
A cuatro meses de su sanción, el Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad
Luego de varios idas y vueltas con la Justicia, el Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad.
Este miércoles, el Gobierno nacional de Javier Milei avanzó finalmente con la reglamentación de la Ley de Emergencia en Discapacidad que había sido aprobada por el Congreso en septiembre de 2025, luego de un fallo judicial que ordenó su aplicación inmediata y fijó plazos para su puesta en marcha, en un contexto de fuerte tensión institucional entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo.
Es que, el gobierno de Milei oficializó la reglamentación de la Ley de Emergencia en Discapacidad mediante el Decreto 84/2026, y estableció así el marco operativo del nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, dando cumplimiento a una orden judicial que había dejado sin efecto la suspensión dispuesta por la propia administración libertaria.
La decisión se produjo luego de una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que en diciembre de 2025 declaró inválida la suspensión de la ley y estableció como fecha límite el 4 de febrero para su implementación plena. Frente a ese escenario, el Gobierno avanzó con la reglamentación sobre el límite del plazo judicial, aunque dejó asentado en el texto del decreto que no convalida los fundamentos del fallo.
Cabe recordar que, el conflicto que derivó en la intervención de la Justicia se originó cuando el Poder Ejecutivo intentó frenar la entrada en vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad sancionada por el Congreso, al argumentar la inexistencia de recursos presupuestarios para afrontar su implementación. Esa decisión motivó un veto presidencial que fue rechazado por la Cámara de Diputados, que insistió con la promulgación de la norma.
Pese a esa insistencia legislativa, la aplicación efectiva de la Ley de Emergencia en Discapacidad quedó suspendida a la espera de que se definiera su financiamiento, situación que derivó en la presentación de un amparo colectivo en representación de dos menores. En este marco, el juez federal de Campana hizo lugar al planteo, dejó sin efecto la suspensión y ordenó la aplicación inmediata de la Ley N.º 27.793, y otorgó un plazo máximo de 30 días para dictar la reglamentación.
Es preciso mencionar que, el Decreto que lleva la firma de Milei fija los lineamientos del nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad y define los requisitos de acceso, los criterios de evaluación socioeconómica y las incompatibilidades, además de establecer que su implementación estará a cargo de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que pasa a depender del Ministerio de Salud.
Al mismo tiempo, la normativa también dispone la convocatoria al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los parámetros de evaluación, y obliga a presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días, junto con mecanismos de articulación con organismos estatales y de la sociedad civil, como el Observatorio de la Discapacidad y el Comité Asesor, con el objetivo de garantizar una participación de alcance federal.
Entre los puntos más sensibles de la implementación, el decreto reconoce explícitamente las restricciones fiscales vigentes y aclara que las acciones acordadas con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ajustarse a los recursos disponibles. En ese contexto, uno de los ejes centrales será la conversión automática de las pensiones vigentes al nuevo esquema, ahora denominado Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará la revisión de miles de prestaciones en todo el país.